Incluyen la Prima de Antigüedad en el Estatuto Universitario
La Prima de Antigüedad fue incluida como artÃculo al Estatuto Universitario, luego que el Consejo General Universitario (CGU) del 12 de septiembre aprobará por segunda vez, la introducción de la misma, que fue aprobada en el Consejo Académico del 18 de Junio de 2018 y el Consejo Administrativo de 18 de julio de 2018.
La prima de antigüedad se calculará de la siguiente manera:
Para los profesores tomando en cuenta el salario promedio de la remuneración devengada durante los cinco (5) mejores años de salario recibidos por el profesor desde su ingreso a la actividad académica en la Universidad de Panamá a razón de una semana por cada año académico completo.
En caso de no cumplir con un año entero de servicios desde el inicio de la relación o en los años subsiguientes señala el documento, tendrá derecho a la parte proporcional correspondiente.
Para el personal administrativo, se considerará el último sueldo devengado a razón de una semana de salario por cada doce meses continuos laborados, tomado como referencia la fecha de inicio laboral. En el caso que cumpliera algún año entero de servicio desde el inicio de la relación laboral o en los años subsiguientes, tendrá derecho a la parte proporcional correspondiente.
Esta prima de antigüedad se pagará en un solo estamento a elección del profesor o servidor público administrativo.
Es importante destacar que esta disposición fue publicada en la Gaceta Oficial N° 28625, miércoles 3 de octubre de 2018.



