UpInforma - Nuevas disposiciones respecto al aislamiento y aplicación de pruebas por Covid-19 en la Universidad de Panamá

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Nuevas disposiciones respecto al aislamiento y aplicación de pruebas por Covid-19 en la Universidad de Panamá

Por: Itzel Campos | Publicado el: 01 febrero 2022 | Fotografía: Archivo




En una circular dirigida a todas las unidades administrativas y académicas del Campus Central, el Campus Harmodio Arias Madrid, Centros Regionales y Extensiones Universitarias, la Comisión Especial de Salud e Higiene para la Prevención y Atención de Covid-19 de la Universidad de Panamá  dio a conocer las nuevas disposiciones emitidas por el ministerio de salud respecto al aislamiento y aplicación de pruebas para Covid-19.

Escenario 1: Servidor Público confirmado positivo en prueba (antígeno o de PCR):

Al quinto día de haber sido diagnosticado con  Covid-19, el servidor público administrativo se realizará la prueba de Detección Rápida de Antígeno:

  1. Si el resultado es negativo, debe reintegrarse a sus labores, guardando las medidas de bioseguridad.
  2. Si el resultado continúa positivo, el trabajador se mantendrá en aislamiento y se repetirá la prueba el séptimo (7) día. El séptimo día correspondería a dos días después de haberse realizado la última prueba de antígeno.

-Si al séptimo día el resultado de la prueba es negativo se reintegrará a sus labores.

-Si el resultado es positivo se mantendrá en aislamiento hasta el décimo (10) día.

Observaciones:

El aislamiento de siete (7) días, corresponderá de acuerdo con su situación Clínica y certificada por el médico tratante.

En el caso del servidor público que se le haya emitido su certificación o incapacidad para su reintegro y no se encuentre en condiciones para retornar a su puesto de trabajo

deberá acudir a las instancias médicas para su evaluación y certificación de los tiempos.

Escenario 2: Servidor Público Administrativo que deberán efectuar cuarentenas de 5 días.

El servidor público administrativo que haya tenido *contacto estrecho con paciente positivo y hayan desarrollado síntomas, sea que tenga o no esquema completa de vacunación contra la covid-19.

El servidor público administrativo que haya tenido contacto estrecho con paciente positivo y no hayan desarrollado síntomas, pero no tengan el esquema completo de vacunación contra el covid-19.

Observaciones:

Los días de exposición se cuentan en retrospectiva, a partir del último contacto con la persona positiva y no a partir de la respuesta de la prueba.

El trabajador que estuvo en contacto estrecho con positivo se retira del área de trabajo, y debe hacerse la Prueba de Detección Rápida (Antígeno) al quinto día de la exposición.

El trabajador que tenga un familiar (que resida en el mismo inmueble), que no presente sintomatología y que su segunda prueba de hisopado sea negativa, deberá reintegrarse a sus labores, tomando las medidas de Bioseguridad y  de prevención para evitar el contagio.

*Definición de Contacto estrecho: (familiar, laboral o social), contacto (cercano, físico, directo o en espacios cerrados con un paciente Covid-19 confirmado, a menos de 2 metros por un periodo de tiempo de 15 minutos o más. Sin mascarilla o con uso inadecuado de la mascarilla.

Para efectos de formalizar las certificaciones o resultados de pruebas, el servidor público podrá acceder a las siguientes opciones:

- Página web: www.panamadigital.gob.pa

- Teléfono: 169

- Aplicación ROSA: 6644-4468(WhatsApp)

- Correo: certificaciones@atencionL69.com


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