Inteligencia Artificial y Derechos Humanos en los Procesos Electorales
La presentación realizada por la ex-relatora Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, Doctorara Catalina Botero, en el día de ayer en la USMA, fue contundente, precisa y clara, gravitando en particular sobre la apreciación de que “la Libertad de Expresión es la piedra angular de toda Democracia” adicional las consideraciones que presentan las nuevas tecnologías, dentro de ese contexto. Nos llevó a la reflexión que la libertad de expresión es un derecho humano esencial y constituye el fundamento de la gobernanza democrática, incluida obviamente las elecciones cuya garantía está plasmada en legislación nacional e internacional.
La misma promueve que la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de comunicación. Y desde luego se aplica tanto en la esfera digital como fuera de línea, por lo que debe existir un marco regulatorio ya que lo planteado, nos ubica en la influencia de la Inteligencia Artificial en los ejercicios democráticos en nuestras sociedades.
Vemos que si bien no hay una definición para la I.A se hace referencia a sistemas que procesan datos e información de manera semejante a la Inteligencia Humana, lo que implica razonamiento, percepción, predicción y planificación; y por su gran disponibilidad, facilidad de uso y rapidez de ejecución pueden contribuir a una innovación sin precedentes. Es notable que la I. A brinda ventajas en los procesos electorales, en cuanto a la información masiva, sin embargo, también puede ser usada indebidamente, por ejemplo: podría ser usada para crear videos, imágenes o audios convincentes con costos mínimos para socavar las campañas políticas y desacreditar oponentes políticos, forzando a los votantes se cuestionen por cuestiones de realidad y confianza.
Otro riesgo es, que se influya y manipule la opinión pública creando un creando un falso consenso de apoyo en las redes sociales. Sin olvidar que las brechas digitales han producido desigualdades en el acceso a los datos, que pueden conducir al mal uso y a la interpretación errónea de los datos y la presentación de datos y resultados sesgados. Es por ello que se explica que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha demostrado una voluntad colectiva de asegurar que I.A se rija conforme con los Derechos Humanos de allí surgió el Pacto Digital de las Naciones Unidas adoptado el 22 de septiembre del 2,024 con el fin de establecer un marco global integral para la Cooperación Digital y la Gobernanza de la I.A en beneficio de la humanidad. Adicional vale mencionar el Plan de Acción de Rabat del 2,012 que busca identificar el discurso que desarrolla una apología de incitación a la discriminación, o a la hostilidad. Dichos instrumentos legales en algún grado deben llamar la atención a nuestra Asamblea Legislativa para que se animen a colocar las nuevas tecnologías acorde y en servicio de nuestra Democracia.
El autor es Docente del Centro Regional de Coclé de la Universidad Nacional de Panamá


