Empresas sirven para ocultar otra realidad empresarial
En el mundo del emprendimiento existe una frontera que pocas veces se analiza con suficiente profundidad: aquella que separa la creatividad empresarial de las prácticas diseñadas para ocultar quién controla realmente un negocio, de dónde provienen sus recursos o cuál es la verdadera actividad económica que desarrolla. En Panamá, donde la actividad empresarial, financiera y comercial tiene una importancia estratégica para la economía nacional, esta discusión adquiere especial relevancia.
El término “empresa canasta” puede utilizarse, desde una perspectiva de opinión, para describir aquellas estructuras societarias que aparentemente cumplen una función empresarial legítima, pero que en determinados casos pueden ser utilizadas como una especie de contenedor para colocar activos, operaciones, contratos o recursos cuya verdadera naturaleza o beneficiario resulta difícil de identificar. Es importante aclarar que “empresa canasta” no constituye una categoría jurídica específica en Panamá; se trata de una expresión útil para analizar un fenómeno de opacidad empresarial.
Una empresa, por sí misma, no es sospechosa por tener una estructura societaria compleja, contar con accionistas corporativos o desarrollar varias actividades. Las sociedades anónimas son instrumentos legítimos para organizar inversiones, proteger patrimonios, desarrollar proyectos y facilitar negocios. El problema aparece cuando la estructura empresarial deja de responder a una finalidad económica real y comienza a utilizarse para esconder información relevante.
En este punto aparece uno de los conceptos fundamentales de la transparencia corporativa: el beneficiario final. La Ley 129 de 2020 estableció en Panamá el Sistema Privado y Único de Registro de Beneficiarios Finales de Personas Jurídicas, con el propósito de permitir la identificación de las personas naturales que finalmente poseen, controlan o se benefician de una persona jurídica (Asamblea Nacional de Panamá, 2020). La normativa establece además obligaciones para los agentes residentes y exige que la información correspondiente sea actualizada.
El avance no es menor. El Ministerio de Economía y Finanzas informó que, para septiembre de 2023, el Registro Único de Beneficiarios Finales se encontraba operativo y que la información incorporada representaba más del 80 % de las personas jurídicas vigentes en el Registro Público. El objetivo es precisamente evitar que las personas jurídicas panameñas sean utilizadas indebidamente y facilitar que las autoridades tengan acceso oportuno a información precisa sobre quienes están detrás de ellas (Ministerio de Economía y Finanzas [MEF], 2023).
Sin embargo, tener un registro no significa que el problema haya desaparecido. La verdadera eficacia de cualquier mecanismo de transparencia depende de la calidad, actualización y verificación de la información. La propia legislación panameña establece que los datos del beneficiario final deben ser ciertos, correctos, verificables y actualizados (Asamblea Nacional de Panamá, 2020).
Aquí surge una pregunta incómoda: ¿puede una empresa ser formal desde el punto de vista documental y, al mismo tiempo, esconder una realidad económica diferente?
La respuesta puede ser afirmativa en determinados escenarios. Una sociedad puede estar debidamente inscrita, tener agente residente, cumplir con determinadas obligaciones formales y, aun así, utilizarse como vehículo para operaciones que requieren mayor escrutinio. Por eso, la transparencia empresarial no puede reducirse a verificar si una compañía existe legalmente. También es necesario conocer quién la controla, cuál es su actividad económica real, de dónde proceden sus recursos y quién se beneficia de sus operaciones.
Este asunto adquiere especial importancia cuando hablamos de corrupción. La corrupción empresarial no siempre adopta la forma de un gran soborno o de un escándalo financiero. También puede manifestarse mediante empresas utilizadas para obtener contratos de manera irregular, canalizar pagos, ocultar conflictos de interés o dificultar la identificación de los verdaderos beneficiarios de determinadas operaciones.
El riesgo no es exclusivamente panameño. Los estándares internacionales de prevención del blanqueo de capitales han insistido durante años en la importancia de identificar al beneficiario final y comprender la estructura de propiedad y control de las personas jurídicas. En Panamá, estos esfuerzos se han intensificado como parte del proceso de fortalecimiento del sistema nacional de prevención del blanqueo de capitales y de las recomendaciones internacionales del Grupo de Acción Financiera (GAFI) (MEF, 2022).
Pero existe otro aspecto que merece atención: la competencia desleal.
El empresario que cumple con sus obligaciones tributarias, laborales, contables y regulatorias enfrenta costos que no necesariamente soporta quien utiliza estructuras opacas para reducir artificialmente sus obligaciones. Cuando esto ocurre, la empresa que cumple la ley termina compitiendo en desventaja frente a quien encuentra mecanismos para esconder ingresos, fragmentar operaciones o trasladar artificialmente determinadas actividades.
El problema, entonces, no es solamente jurídico. También es económico y social.
Una economía saludable necesita empresas formales, pero también necesita empresas transparentes. Formalizar una sociedad no debería convertirse en el punto final del proceso, sino en el comienzo de una cultura de responsabilidad empresarial. El verdadero emprendimiento no consiste únicamente en crear una empresa; consiste en construir una organización capaz de generar valor sin recurrir a mecanismos destinados a ocultar información relevante.
Panamá ha realizado avances importantes. La creación del Registro Único de Beneficiarios Finales representa una herramienta para fortalecer la transparencia corporativa y reducir el uso indebido de personas jurídicas (MEF, 2023). No obstante, el desafío consiste ahora en convertir la existencia de estas herramientas en resultados concretos.
También corresponde una responsabilidad al sector privado. Abogados, contadores, auditores, empresarios, bancos y demás actores vinculados con la actividad económica tienen un papel fundamental en la prevención de estructuras empresariales utilizadas indebidamente. La transparencia no debe verse como una carga burocrática, sino como un activo que fortalece la confianza en los negocios.
En definitiva, no debemos confundir empresa compleja con empresa corrupta, ni sociedad anónima con actividad ilícita. Sería injusto y económicamente contraproducente. El verdadero desafío consiste en identificar cuándo una estructura empresarial legítima comienza a utilizarse para ocultar una realidad que debería ser conocida por las autoridades y, en determinadas circunstancias, por quienes mantienen relaciones económicas con ella.
La pregunta que Panamá debe hacerse no es cuántas empresas existen, sino cuántas de ellas permiten conocer realmente quién está detrás del negocio y cuál es la verdadera naturaleza de sus operaciones.
Porque una economía transparente no se construye solamente registrando empresas. Se construye haciendo que detrás de cada empresa exista una actividad económica legítima, recursos de origen identificable y empresarios dispuestos a asumir la responsabilidad que implica hacer negocios.
El emprendimiento necesita creatividad, pero también necesita ética. Y cuando una empresa se convierte en una “canasta” para esconder otra realidad, deja de ser simplemente una herramienta empresarial y se convierte en un desafío para la transparencia, la competencia y la confianza económica del país.
La autora es docente en el CRUPE
Referencias
Asamblea Nacional de Panamá. (2020). Ley 129 de 17 de marzo de 2020, que crea el Sistema Privado y Único de Registro de Beneficiarios Finales de Personas Jurídicas. República de Panamá.
Ministerio de Economía y Finanzas. (2022). Panamá avanza en la lucha contra el lavado de dinero. Gobierno de la República de Panamá.
Ministerio de Economía y Finanzas. (2023). Panamá cuenta con Registro de Beneficiarios Finales operativo. Gobierno de la República de Panamá.
Grupo de Acción Financiera. (2012). International standards on combating money laundering and the financing of terrorism & proliferation: The FATF recommendations. FATF/OECD.


