"2026: Año del fortalecimiento de la autonomía universitaria, mediante la elección democrática de sus autoridades"


La constitución algorítmica: hacia un nuevo contrato social digital y la protección de las garantías fundamentales en la era de la inteligencia artificial en Panamá

Por: Sugeily Luzsaray Cerceño Lezcano | Publicado el: 10 septiembre 2026



El constitucionalismo moderno atraviesa una fase de profunda redefinición dogmática. Las Cartas Magnas del siglo XX, estructuradas bajo el paradigma de la soberanía territorial, la separación orgánica de poderes y la protección de los derechos civiles frente a la coacción física del Estado, resultan insuficientes para encauzar los fenómenos emergentes de la Era de la Información. La irrupción de la Inteligencia Artificial (IA), el procesamiento masivo de datos (Big Data), los sistemas de decisión automatizada y la neuro tecnología demandan una lectura prospectiva del Derecho Público.

En la República de Panamá, el texto constitucional de 1972, a pesar de sus reformas sustanciales en 1983, 1994 y 2004 conserva una arquitectura normativa concebida para una sociedad análoga. El Artículo 17 de nuestra Constitución impone a las autoridades el deber primordial de proteger la vida, honra y bienes de los nacionales y extranjeros, garantizando la efectividad de los derechos individuales y sociales. Sin embargo, en el contexto actual, la "honra" se vulnera mediante sesgos algorítmicos en redes sociales y difamación sintética; la "propiedad" se expande a activos digitales, identidades en la nube y algoritmos propietarios; y la "vida" y la integridad personal se hallan expuestas a la vigilancia masiva no regulada y a la manipulación neuro tecnológica.

Frente a esta realidad, la universitaria tiene la responsabilidad de liderar el debate sobre la transición hacia una "Constitución Algorítmica". Este concepto no alude a la sustitución de los jueces por sistemas informáticos, sino al reconocimiento e incorporación de los habeas data de nueva generación, la transparencia algorítmica y los neuro derechos en el bloque de constitucionalidad.

El debido proceso legal es la regla de oro, la Constitución en su artículo 32, establece que antes de que el Estado te sancione, te quite un beneficio o tome una decisión en tu contra, tiene que darte la oportunidad de defenderte, explicarte las razones con base en la ley y hacerlo a través de un juez o autoridad oficial.

Cuando entra la Inteligencia Artificial (IA) a tomar decisiones por nosotros como decidir a quién le dan un subsidio, a quién le aprueban un préstamo, quién entra al país o a quién consideran sospechoso de un delito, surge un gran problema: las máquinas suelen ser "cajas negras".

Si un algoritmo te rechaza una solicitud y la respuesta es simplemente "el sistema lo denegó", no tienes forma de defenderte porque nadie sabe exactamente qué reglas o datos usó la computadora para llegar a esa conclusión.

Es decir, el debido proceso algorítmico exige que, si se usa Inteligencia Artificial para tomar decisiones sobre las personas, el Estado o las empresas están obligados a garantizar tres cosas: Claridad, que puedan explicarle en su idioma y lenguaje sencillo por qué y cómo el programa tomó esa decisión. Derecho a reclamar, que siempre puedas pedir que un ser humano revise lo que hizo la máquina y corrija posibles errores o discriminaciones y protección de tus datos, que la información que usó ese algoritmo para juzgarte haya sido obtenida de forma legal y respetando tu privacidad.

Si un sistema de IA deniega una visa de inversionista, rechaza una solicitud de titulación de tierras o aplica una calificación de riesgo fiscal sin que el afectado pueda conocer los parámetros, ponderaciones o lógica matemática detrás de esa decisión, se incurre en una situación de indefensión constitucional. Surge así la exigencia del Debido Proceso Algorítmico, que comprende:

El derecho a la inferencia humana: La garantía indisponible de que ninguna decisión con efectos jurídicos vinculantes sea tomada de forma 100% automatizada por una maquina sin supervisión ni criterio humano.

La transparencia y claridad algorítmica: La obligación legal de la administración pública de auditar y hacer comprensibles los algoritmos empleados en la toma de decisiones presupuestarias, fiscales o judiciales.

La inviolabilidad del perfil digital: Extensión del principio de inviolabilidad de los documentos privados (Artículo 29 de la constitucional) a los entornos de almacenamiento en la nube y a los metadatos generados por el ciudadano.

El avance acelerado de las interfaces cerebro-computadora y de las técnicas de decodificación neuronal exige adaptar la garantía de la integridad física y mental. Panamá debe posicionarse como pionera en la región al incorporar los neuro derechos como garantías de rango constitucional explícito. Es imprescindible promover una reforma constitucional por la vía del Artículo 313 o 314, que introduzca un Título Específico sobre la Sociedad Digital y las Garantías Tecnológicas.

Asimismo, la Corte Suprema de Justicia debe desarrollar una línea jurisprudencial progresista a través de las acciones de Amparo de Garantías Constitucionales y Habeas Data, interpretando que el bloque de constitucionalidad incorpora de forma implícita los principios de la gobernanza digital ética y la protección frente al abuso de las tecnologías dominantes.

Como docentes de Derecho Constitucional, nuestro compromiso académico no es solo transmitir el legado del constitucionalismo clásico, sino dotar a las futuras generaciones de las herramientas conceptuales para defender la libertad y la dignidad humana en un mundo donde el poder ya no solo se ejerce desde los palacios de gobierno, sino desde los servidores y los códigos fuente. Panamá tiene las condiciones geoestratégicas para ser no solo un centro logístico y financiero, sino una capital de vanguardia en la protección constitucional del ser humano frente a la tecnología.

La autora es Magister en Derecho y Ciencias Políticas, profesora de la catedra de Derecho Constitucional y especialista en Derecho Migratorio y Bienes Raíces. Ha dedicado parte de su vida al aprendizaje continuo y a la docencia. Es la autora de la obra de crecimiento personal titulada "Aprueba tu Luz". El mensaje de sus charlas y escritos se enfocan en el crecimiento académico y el crecimiento personal.

 

La responsabilidad de las opiniones expresadas y la publicación de los artículos, estudios y otras colaboraciones firmadas, corresponde exclusivamente a sus autores, y no la posición del medio.

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