Consejo Administrativo aprobó el proceso de las reclasificaciones de puestos, para los servidores públicos administrativos de la Universidad de Panamá
El Consejo Administrativo en su reciente reunión celebrada el 2 de octubre del presente aprobó iniciar el proceso de las reclasificaciones de puestos, para los servidores públicos administrativos de la Universidad de Panamá, de acuerdo con las auditorÃas realizadas a nivel nacional por Recursos Humanos en los años 2017 y 2018.
Estas reclasificaciones de puestos, se basan al Manual Descriptivo de Clases de Puestos vigente 2012, tal como lo establece la Constitución PolÃtica, la Ley N° 24 de 2005. Orgánica de la Universidad de Panamá y en el Estatuto Universitario.
Entre las normas aprobadas son las siguientes:
- Sólo podrán ser reclasificadas las posiciones fijas que estén ocupadas por sus dueños o que sean vacantes.
- En caso de que el servidor público administrativo que ocupa la posición fija no cumpla el requisito del cargo de las funciones que realiza según auditorÃa, se le mantendrá la clasificación vigente de la posición, siempre y cuando ésta no requiera idoneidad o certificación especial.
- En el caso de requerir idoneidad o certificación especial se reclasificará en un cargo para el cual aplique conservando el salario devengado y el derecho a las etapas por antigüedad que percibe, en caso de ser permanente.
- Si el servidor público administrativo eventual ocupa una posición fija vacante, reclasificada de forma descendente, se le mantendrá el salario devengado.
- Sólo podrá presentar reclamo ante la reclasificación de la posición, el dueño de la posición siempre y cuando estuviese ocupándola al 30 de junio de 2018, último dÃa de la aplicación de la AuditorÃa de Recursos Humanos.
- Si un servidor público administrativo se encuentra ocupando una posición de libre nombramiento y remoción, pero realiza labores de un cargo de carrera administrativa, se mantendrá la clasificación original de la posición a fin de no afectar las estructuras existentes.
- Los servidores públicos administrativos que se encuentren movilizados mantendrán la clasificación original.
- En el caso que el servidor público administrativo se encuentre movilizado por razones de salud mantendrá su clasificación original.
- El servidor público administrativo que no fue auditado al 30 de junio de 2018, último dÃa de aplicación de la AuditorÃa de Recursos Humanos, se le efectuará la misma a fin de determinar las funciones que realiza en atención emitida por la Dirección General de Recursos Humanos.
- Los nombramientos con cargo en las partidas transitorias, contingente y autogestión no estarán sujetas a reclasificación.
- El pago de la diferencia salarial que acoge la reclasificación se hará efectiva a partir de la disponibilidad presupuestaria de la institución, en atención al salario base del cargo devengado al 2019, según la Resolución aprobada por el Consejo Administrativo.
Cabe destacar, que la resolución lleva la firma del doctor Eduardo Flores Castro, Presidente del Consejo Administrativo y la Magistra Nereida Elizabeth Herrera Tuñón, Secretaria.






